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Si usted es costarricense, y su(s) hijo(s) nació(eron) fuera de Costa Rica, puede inscribirse en Costa Rica para que obtengan la nacionalidad costarricense. El procedimiento de inscripción varía en función de la edad que tengan sus descendientes al momento de realizar dicha inscripción. Si es menor de dieciocho años la declaración debe hacerla el progenitor costarricense. Para realizar la inscripción, revise las siguientes dos opciones para hacerlo:
1. Si el progenitor costarricense desea hacer los trámites personalmente ante el Registro Civil de Costa Rica, deberá legalizar (ver sección de legalizaciones de documentos pasos a seguir) el certificado de nacimiento por medio del Consulado o apostillarlo. En Costa Rica deberá autenticar la legalización consular del certificado de nacimiento en el Ministerio de Relaciones Exteriores, y realizar su traducción oficial. Una vez obtenida la traducción oficial y el certificado debidamente legalizado, deberá presentarlos al Registro Civil para la debida inscripción. 2. La otra opción es iniciar el proceso de inscripción por medio del Consulado presentándose al Consulado para realizar la declaración de nacimiento, aportando el Certificado de Nacimiento debidamente legalizado y la cédula de identidad vigente de los padres costarricenses, o pasaporte en caso de que uno de los progenitores sea extranjero. Este trámite es gratuito. Ver Requisitos. 3. Si el interesado tiene entre 18 y 24 años la declaración debe hacerla la persona interesada, identificada con documento vigente del país de origen. Al igual que en el caso anterior, tiene las dos opciones señaladas; osea hacerla personalmente en Costa Rica (para lo cual el Certificado de Nacimiento debe estar legalizado, ver sección legalizaciones), o presentarse al Consulado para realizar la Declaración. 4. Si la declaración se hace cuando tiene 25 años cumplidos o más, se inscribe el nacimiento, pero no se concede la nacionalidad costarricense. Para ello debe realizar el trámite de naturalización correspondiente en la oficina de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil en Costa Rica. Requisitos para Inscripción de Nacimientos:
Procedimiento: Una vez los documentos estén completos el padre costarricense deberá presentarse al consulado para llenar la solicitud original. El padre costarricense que se presente deberá presentar la cédula de identidad vigente y en buen estado. Costo de la Inscripción: Gratuito Bases legales: - Constitución Política, Articulo 13. - Ley 3504 Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, Articulé 48. Trámite debe realizarse personalmente y con cita previa* |