Elecciones 2022
Las solicitudes de Traslado Electoral Se recibirán hasta el 3 de Octubre de 2021, a las 23:59:00 hora de Costa Rica.
Para el empadronamiento electoral debe llenar el formulario directamente en el Tribunal Supremo de Elecciones siguiendo este enlace:
http://www.tse.go.cr/votoenelextranjero/
Las solicitudes de Traslado Electoral Se recibirán hasta el 3 de Octubre de 2021, a las 23:59:00 hora de Costa Rica.
Para el empadronamiento electoral debe llenar el formulario directamente en el Tribunal Supremo de Elecciones siguiendo este enlace:
http://www.tse.go.cr/votoenelextranjero/
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El Proceso Electoral en Costa Rica y el Voto en el Exterior 2022
Se acerca una nueva elección más en Costa Rica. Responsabilidad de los Consulados concierne, su función en esta materia está claramente definida tanto por la ley como su respectivo reglamento. Para quienes tengan el tiempo y el interés en informarse a fondo sobre estos procedimientos, se comparten los siguientes enlaces: 1) Código Electoral (Decreto Legislativo No.8765), aprobado en la Asamblea Legislativa el 11 de agosto de 2009, fue firmado por el entonces Presidente de la República, Óscar Arias Sánchez y sus Ministros de la Presidencia y de Gobernación y Policía, el 19 de agosto de 2009. Este Código reemplazó al anterior y su importancia radica en que contiene por primera vez la posibilidad de voto costarricense en el extranjero. Enlace para ver el documento: http://www.tse.go.cr/pdf/normativa/codigoelectoral.pdf 2) Reglamento Voto Costarricense en el Extranjero (publicado en La Gaceta No.89 del 10 de mayo de 2013). En los considerandos, al inicio del reglamento, en el IV), hay una referencia a la suscripción del Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre el Tribunal Supremo de Elecciones y el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto del 01 de agosto de 2012, por el que ambas instituciones se comprometen a ejecutar las actividades pertinentes para la promoción y ejercicio del sufragio de las personas ciudadanas costarricenses en el extranjero. El reglamento en mención, entre otras cosas, contiene las disposiciones relacionadas con el Empadronamiento para votar en el extranjero, la conformación de las juntas receptoras de votos, locales para la votación, fiscalización y observación electoral en el extranjero, votación en el extranjero, cierre de la votación, deberes y responsabilidades de la autoridad consular, y disposiciones finales. Enlace para ver el documento; http://www.tse.go.cr/pdf/normativa/reglamentovotoenelextranjero.pdf |
3) Guía Básica para el Desarrollo del Proceso de Voto Costarricense en el Extranjero. Este es un documento instructivo muy didáctico que contiene las generalidades del proceso electoral que resultan importantes para la implementación del sufragio de personas ciudadanas costarricenses en el extranjero. En primera instancia, se enlistan y detallan los agentes electorales involucrados en el desarrollo del proceso de voto en el extranjero. Seguidamente, se hace referencia a las labores administrativas que deben llevar a cabo las autoridades consulares como parte del proceso electoral. Se continúa con una descripción de cada una de las fases y las tareas que deben desarrollarse a fin de cumplir y culminar, de manera exitosa, el proceso electoral para el voto costarricense en el extranjero. Finalmente, se incluye un apartado donde se adjuntan muestras de los distintos formularios electorales requeridos durante el proceso de voto costarricense en el extranjero. Se recomienda su lectura toda vez que es muy gráfico y fácil de asimilar. Enlace al documento: http://www.tse.go.cr/pdf/normativa/procesovotocostarricenseextranjero.pdf Todo este proceso que por primera vez tiene lugar, arrojará interesantes experiencias que permitirán al TSE extraer lecciones valiosas para futuras recomendaciones de cambio o ampliación de la legislación. Esta experiencia tiene desde hace algún tiempo a todos nuestros consulados inmersos en una dinámica de trabajo cuidadosa y compleja. Se subraya de nuevo que todo lo que corresponde hacer a los Consulados en esta materia, está debidamente enmarcado en la legislación y reglamentos. Nuestra Embajada y Consulado en Singapur recibió el día 20 de enero, por ejemplo, los paquetes con todos los materiales electorales, los cuales serán abiertos en una audiencia pública, tal como lo mandan las disposiciones. En nuestro caso, un partido politico acreditó un representante propietario y uno suplente para integrar la Junta Receptora de Votos. Esta se complementará, además, con un costarricense voluntario y la representante consular, todos ellos debidamente acreditados por el TSE. La lectura de estas informaciones permitirá dar cuenta de los entretelones de un sistema electoral que, si bien no es perfecto, no cabe duda es uno de los más avanzados del mundo, gracias a la sabia decisión que un día tomaron nuestros constituyentes, al crear una institución independiente como el Tribunal Supremo de Elecciones, que pasó a ser, desde entonces, el Cuarto Poder de la República. |
Más sobre el voto en el exterior favor hacer click en http://www.nacion.com/opinion/foros/Siguen-costarricenses_0_1400059981.html