Información de Visas para entrar a Costa Rica
Toda solicitud debe ser en persona.
DESDE EL 1 DE ABRIL 2022 HAN QUEDADO DEROGADAS TODAS LAS MEDIDAS MIGRATORIAS TEMPORALES EN EL MARCO DEL ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL SANITARIA POR EL COVID-19
A continuación puede verificar si usted necesita visa para entrar en Costa Rica según su nacionalidad o pasaporte que presente
Alemania
Andorra Argentina Australia* Austria Bahamas Barbados Bélgica Brasil Bulgaria Canadá Croacia Chile Chipre Dinamarca* Emiratos Árabes Unidos Eslovaquia Eslovenia España Estado de Catar Estados Unidos de América* Estonia |
Finlandia
Francia* Hungría Irlanda Islandia Israel Italia Japón Letonia Liechtenstein Lituania Luxemburgo Malta México Montenegro Noruega* Nueva Zelanda* Países Bajos (Holanda) * Panamá Paraguay Polonia |
Portugal
Principado de Mónaco Perú Puerto Rico Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte** República Checa Republica de Corea del Sur República Helénica (Grecia) Rumania San Marino Santa Sede Vaticano Serbia Singapur Sudáfrica Suecia Suiza Trinidad y Tobago Uruguay * Sus dependencias reciben igual tratamiento ** Incluye Inglaterra, Gales y Escocia |
Antigua y Barbuda
Belice Bolivia Dominica El Salvador* Estado de Brunei Federación Rusa Filipinas Fiyi Granada Guatemala Guyana Honduras |
Islas Marianas del Norte
Islas Marshall Islas Salomón Kazajistán Kiribati Malasia Maldivas Mauricio Micronesia (Estados Federados) Nauru Palaos Reino de Tonga Samoa |
San Cristóbal y Nieves
San Vicente y las Granadinas Santa Lucía Santo Tomé y Príncipe Seychelles Surinam Taiwán (Región) Turquía Tuvalu Ucrania Vanuatu Venezuela * Consulte regulaciones específicas para el caso de República de El Salvador |
Los países de este grupo Sí requieren Visa consular para entra a Costa Rica.
- Requisitos para solicitar la visa AQUÍ
- Ingreso: Un único ingreso
- Pasaporte: Vigencia obligatoria mínima de 6 meses
- Permanencia Máxima: Hasta los 30 días naturales. (Prorrogables hasta los 90 días naturales, conforme a la legislación aplicable)
Albania
Angola Arabia Saudí Argelia Armenia Azerbaiyán Bahréin Benín Bielorrusia Bosnia y Herzegovina Botsuana Burkina Faso (Alto Volta) Burundi Bután Cabo Verde Camboya Camerún Colombia* Costa de Marfil Comoras Chad Ecuador Egipto Gabón Gambia Georgia Ghana Guinea Guinea Bissau |
Guinea Ecuatorial
India Indonesia Jordania Kenia Kirguistán Kosovo Kuwait Lesoto Liberia Libia Líbano Madagascar Malaui Mali Marruecos Mauritania Moldavia Mongolia Mozambique Namibia Nepal Nicaragua* Níger Nigeria Omán Pakistán Papúa Nueva Guinea Republica Árabe Saharaui (Sahara Occidental) República Centro Africana |
República de Macedonia
República del Congo República Democrática del Congo (antiguo Zaire) República Democrática Popular de Laos República Dominicana República Popular China* Ruanda Senegal Sierra Leona Suazilandia Sudán del Norte Sudán del sur Tailandia Tanzania Tayikistán Timor Oriental Togo Túnez Turkmenistán Uganda Uzbekistán Vietnam Yemen Yibuti Zambia Zimbabue * Consulte regulaciones específicas para el caso de Colombia, Nicaragua y China. |
Los países de este grupo Sí requieren Visa para entrar a Costa Rica.
- Requisitos para solicitar visa AQUÍ
- Visa restringida autorizada por la Comisión de Visas Restringidas. (Un único ingreso)
- Pasaporte: Vigencia obligatoria de 6 meses
- Permanencia Máxima: Hasta los 30 días naturales. (Prorrogables hasta los 90 días naturales, conforme a la legislación aplicable)
Afganistán
Bangladesh Cuba Eritrea Etiopia Haití Irán Iraq |
Jamaica
Myanmar (antigua Birmania) Palestina Republica Árabe Siria Republica Popular Democrática de Corea del Norte Somalia Sri Lanka |
*excepciones
En la Gaceta Oficial de Costa Rica No. 32 de fecha 17 de febrero de 2022, alcance No. 33, la sección séptima dice que:
Los nacionales de países con requisitos de visa consular o restringida (tercer o cuarto grupo) que cumplan con alguna de las *excepciones que se establecen a continuación podrán prescindir de visa consular o visa restringida para ingresar a territorio costarricense:
* El plazo de permanencia no será mayor al de la vigencia de la visa presentada y no excederá de 30 días, con excepción de las regulaciones específicas para Nicaragua y Colombia.
* Los nacionales que no cuenten con la permanencia legal de seis meses requerida, podrán optar por una visa costarricense en el país respectivo.
Nota: Todos los documentos de estancia legal deberán contener las medidas de seguridad establecidas por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI). No se aceptarán documentos escritos a mano, trabajos individuales y documentos que indiquen que la residencia está siendo procesada o alterada. Además, es obligatorio que los documentos estén debidamente legalizados y cuenten con una traducción oficial al idioma español.
En la Gaceta Oficial de Costa Rica No. 32 de fecha 17 de febrero de 2022, alcance No. 33, la sección séptima dice que:
Los nacionales de países con requisitos de visa consular o restringida (tercer o cuarto grupo) que cumplan con alguna de las *excepciones que se establecen a continuación podrán prescindir de visa consular o visa restringida para ingresar a territorio costarricense:
- Una visa exclusivamente de ingreso múltiple (de turismo, de tripulante, de negocios, tipo B1-B2, tipo D, o C1/D) a Estados Unidos de América.
- Canadá (exclusivamente visa múltiple)
- permanencia legal que permita múltiples ingresos y con una vigencia mínima de seis meses en Estados Unidos de América, Canadá y los países de la Unión Europea, Reino Unido y Suiza, podrán prescindir de visa consular para ingresar a Costa Rica. **Salvo refugiado y apátridas**
* El plazo de permanencia no será mayor al de la vigencia de la visa presentada y no excederá de 30 días, con excepción de las regulaciones específicas para Nicaragua y Colombia.
* Los nacionales que no cuenten con la permanencia legal de seis meses requerida, podrán optar por una visa costarricense en el país respectivo.
Nota: Todos los documentos de estancia legal deberán contener las medidas de seguridad establecidas por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI). No se aceptarán documentos escritos a mano, trabajos individuales y documentos que indiquen que la residencia está siendo procesada o alterada. Además, es obligatorio que los documentos estén debidamente legalizados y cuenten con una traducción oficial al idioma español.
Antes de viajar a Costa Rica, es importante saber si necesita Vacuna contra la fiebre amarilla.